1509, mayo, 31. Roma
Bula de Julio II para que los beneficios patrimoniales de la diócesis de Burgos se den a los clérigos naturales de los lugares donde radican los dichos beneficios como ya había sido regulado por los sínodos diocesanos y en respuesta a la correspondiente súplica del obispo Ampudia.
Signatura en el ASV:
ASV, Reg. Lat. 1234, fol. 244v-246r
Referencias bibliográficas:
Pub. ORTEGA MARTÍN (1973), don Pascual de Ampudia, p.335.
Ortega Martín, J., Un reformador pretridentino: Don Pascual de Ampudia, obispo de Burgos (1496-1512), Roma, Iglesia Nacional Española, 1973.