1444, mayo, 13. Roma
Puesto que Martín Ibáñez, rector de la iglesia parroquial de Santa María de Xemein en la diócesis de Calahorra, ha sido públicamente denunciado y excomulgado desde hace más de 6 años, y además, no obstante la sentencia de excomunión por haberse manchado de irregularidad (pues ha continuado celebrando los divinos oficios), se ha hecho indigno de beneficio. Por tanto, Fernando Ochoa de Vuda, presbítero de la misma diócesis, pero presente en la Curia Romana, pide que venga dado a un prelado o bien a personas virtuosas el mandato de privar a Martín Ibáñez de dicha iglesia. Por efecto de esta privación, la iglesia será dada en beneficio de Fernando, no obstante que éste posee ya un beneficio perpetuo, sin residir, en la iglesia parroquial de Santa María de la villa de Tavira de Durango [diócesis de Calahorra], del valor de 25 libras tornesas al año.
Signatura en el ASV:
ASV, Reg. Suppl. 396, fol. 189r-189v
Referencias bibliográficas:
Pub. RUIZ DE LOIZAGA (2008-2009), País Vasco, nº doc. 87, p.80-81.
Ruiz de Loizaga, Saturnino, Documentos pontificios referentes al País Vasco (Siglos XIII-XV), Roma, 2008-2009.